Lo primero que me planteo es , ¿cómo una persona jurídica puede tener derecho al honor?. En España, por ejemplo, uno no puede criticar a la corona - de hecho, los programas carnaza de la televisiones en abierto se cuidan mucho de sacar cualquier cosa que afecte a la institución -. (ya sabemos lo que pasó con el Jueves con la famosa viñeta de los príncipes de Asturias) o quemar banderas. En Reino Unido se puede hacer caicaturas a la familia real y no pasa nada.
Por otra parte, está claro que la SGAE busca una sentencia ejemplar, que le meta el miedo en el cuerpo a cualquiera que ose criticar al gremio (cosa que ha pasado ya con otros juicios en las que ha estado implicado). Como en los mejores tiempos del general gallego, hay ciertos temas en este país que son considerados tabú. Uno de ellos es criticar de esta asociación SGAE y el canon que cobran por cualquier equipo capaz de sacar una copia o almacenar información (como ya les ha pasado a la gente de Público).
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